Seguro de Protección Oncológica
RESUMEN
SEGURO DE PROTECCIÓN ONCOLOGICA
INFORMACION GENERAL
1. Datos de La Compañía:
· Denominación Social: BNP Paribas Cardif S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros
· Dirección: Av. Canaval y Moreyra N° 380, piso 11, San Isidro – Lima.
· Teléfono: (01) 615-5715 / Fax: (01) 615-1721
· Correo Electrónico: servicioalcliente@cardif.com.pe
· Web: www.bnpparibascardif.com.pe
2. Denominación del Producto:
Seguro de Protección Oncológica
3. Lugar, Forma y Fecha de Pago de la Prima:
· Lugar: Con cargo en la Tarjeta de Crédito.
· Forma: El pago de la prima es mensual, con cargo en la Tarjeta de Crédito.
De no existir saldo en la cuenta el Asegurado autoriza a la Entidad Financiera a proceder con el cargo respectivo en cualquier otra Tarjeta de Crédito donde mantenga saldo acreedor. Sin embargo, si la Entidad Financiera no usase esta facultad no será responsable de la suspensión de la cobertura, resolución o extinción del seguro.
Cuando la Tarjeta de Crédito del Asegurado se encuentre bloqueada o retenida por requerimiento de la autoridad competente y/o por instrucciones de la Entidad Financiera por operaciones activas celebradas por el Asegurado, la Entidad Financiera y/o la Compañía no será responsable por la imposibilidad de realizar el cargo de la prima del presente seguro. Las consecuencias de esta falta de pago serán de total responsabilidad del Asegurado.
Es responsabilidad del Asegurado informar la Entidad Financiera y/o a la Compañía de cualquier cambio, renovación, bloqueo, suspensión, anulación u otra modificación sobre la Tarjeta de Crédito donde se carga mensualmente el seguro.
· Fecha: Fecha de pago de la Tarjeta de Crédito.
El Contrato de seguro quedará extinguido dentro de los noventa (90) días calendarios siguientes al vencimiento del plazo si la Compañía no reclama el pago de la prima de manera judicial.
4. Medio y plazo establecido para el aviso del Siniestro:
· Ocurrido el Siniestro, el Asegurado deberá comunicarlo por escrito a la Compañía y/o al Contratante en un plazo no mayor a 30 días.
5. Lugares autorizados por la Compañía para solicitar la cobertura del seguro:
· Oficina de la Compañía
6. Medios habilitados por la Compañía para presentar reclamos:
· La central telefónica de la Compañía: (01) 615-5715 / Fax: (01) 615-1721
· E-mail: servicioalcliente@cardif.com.pe
· Página web: www.bnpparibascardif.com.pe
· Oficinas: Av. Canaval y Moreyra No. 380, piso 11, San Isidro - Lima.
7. Instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias:
· Defensoría del Asegurado, institución privada creada por la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG).
Dirección: Arias Araguez 146, San Antonio Miraflores, Lima - Perú
Telefax: 446-9158
Correo electrónico: info@defaseg.com.pe / http://www.defaseg.com.pe
· Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la protección de la propiedad Intelectual – INDECOPI (www.indecopi.gob.pe).
· Poder Judicial.
· Plataforma de Atención al Usuario de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
“El presente Seguro presenta obligaciones a cargo del Asegurado cuyo incumplimiento podrá afectar el pago de la indemnización o prestaciones a las que se tendría derecho”
“Dentro de la vigencia del contrato de seguros el Asegurado se encuentra obligado a informar a la Compañía los hechos o circunstancias que agraven el riesgo asegurado”.
INFORMACION DE LA POLIZA
8. Coberturas (artículo 4° de las Condiciones Generales y artículo 2 de las Cláusulas Adicionales):
· Tratamiento del Cáncer
· Indemnización por Primer Diagnóstico Oncológico (Cáncer)
· Indemnización por Gastos de Sepelio por Fallecimiento por Cáncer
9. Exclusiones:
Previsto en el artículo 5° de las Condiciones Generales y artículo 3 de las Cláusulas Adicionales.
10. Condiciones de acceso y límites de permanencia:
EDAD | ASEGURADO TITULAR | ASEGURADO DEPENDIENTE |
Edad Mínima de Ingreso | 18 años | 0 años |
Edad Máxima de Ingreso | 64 años y 364 días | 64 años y 364 días |
Edad Máxima de Permanencia | Sin límite de edad de permanencia |
11. Derecho de Arrepentimiento:
· El Asegurado puede ejercer el derecho de arrepentimiento previsto en el artículo 28° de las Condiciones Generales.
12. Derecho de Resolución:
· El Asegurado puede ejercer el derecho de resolución del contrato sin expresión de causa previsto en el numeral 12.5 del artículo 12° de las Condiciones Generales.
13. Modificación de contrato:
· La modificación de la Póliza se sujetará a lo dispuesto en el artículo 21° de las Condiciones Generales.
14. Procedimiento para solicitar cobertura del seguro:
· El procedimiento para solicitar cobertura se sujetará a lo dispuesto en el artículo 14° de las Condiciones Generales.
INFORMACION ADICIONAL:
· La Compañía es responsable frente al Contratante y/o Asegurado de las coberturas contratadas.
· La Compañía es responsable de todos los errores u omisiones en que incurra la empresa del sistema financiero. Las comunicaciones cursadas por el Contratante y/o Asegurado a la empresa del sistema financiero, sobre aspectos relacionados con el seguro contratado, tendrán los mismos efectos que si hubieran sido presentadas a la empresa.
· Los pagos efectuados por el Contratante a la empresa del sistema financiero se considerará abonados a la Compañía.